División de Consultoría

Green Criminology

La conservación y protección del Medio Ambiente es un problema que afecta a todos los ciudadanos. En los últimos tiempos los organismos nacionales e internacionales vienen desarrollando normas medioambientales.

Nuestra Constitución en su Art. 45,  declara que:

  1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.
  2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
  3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

 

En la actualidad, cualquier persona física o jurídica, puede denunciar ante las autoridades competentes cualquiera de los posibles delitos contra el Medio Ambiente:

Atentados contra Flora y Fauna.

  • Maltrato animal.
  • Tráfico ilegal de especies protegidas.
  • Introducción de especies exóticas.
  • Caza y pesca furtivas.
  • Uso de artes prohibidas

 

Emisión de vertidos ilegales.

  • Vertidos incontrolados e ilegales en atmósfera, agua, suelo y subsuelo.
  • Vertederos clandestinos.
  • Emisión de radiaciones nocivas.
  • Falta de autorizaciones relacionadas con el Medio Ambiente.

 

Utilización ilegal de recursos.

  • Actuaciones prohibidas en espacios protegidos.
  • Utilización ilegal de recursos naturales o en periodos de restricción.

 

Ordenación del Territorio

  • Obras y edificaciones ilegales.

 

Inves Compliance asesora a sus clientes en la mejora de su estrategia con el fin de aumentar el uso de energías renovables y reducir al mínimo el coste del ciclo de vida de sus activos, lo que ayudará a la empresa en la consecución de sus objetivos económicos y ambientales. Nuestros expertos desarrollan conclusiones y recomendaciones a tener en cuenta en la toma de decisiones.

Se ofrecen servicios de asesoramiento jurídico y consejos tanto de energía como de negocio. Con ellos se persigue el asesoramiento en cuestiones de gestión del riesgo, mejora del desempeño y optimización de las operaciones empresariales, todo ello manteniendo los resultados. Estos trabajos toman como objetivos tratan de garantizar la eficiencia energética, ahorrar en costes de generación de la energía y cumplir la legislación vigente.

Blanqueo de Capitales

El blanqueo de capitales, la corrupción y el soborno crean un riesgo significativo para la reputación de cualquier empresa que, sin saberlo, podría llegar a ser involucrado con el crimen organizado.

InvesCompliance ofrece el asesoramiento integral en materia de la Ley PBC (Prevención del Blanqueo de Capitales), su reglamento de desarrollo y otras normativas legales de aplicación en las siguientes áreas:

Respecto a las obligaciones que impone la Ley y su Reglamento, estructura y volumen del negocio:

  • Formación general sobre las obligaciones legales y específicas según el riesgo del negocio ante el SEPBLAC (Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias)
  • Asesoramiento y/o elaboración del informe de autoevaluación del riesgo
  • Elaboración del manual de procedimientos o su revisión y/o actualización al nuevo Reglamento, si ya se dispone del mismo
  • Asesoramiento en la formación y estructura del órgano de control interno, caso de estar obligado de acuerdo con lo establecido en el actual reglamento
  • Asesoramiento en el análisis de operaciones e informes al SEPBLAC, caso de ser preceptivo.

A las personas físicas o jurídicas que, de acuerdo con la Ley, son sujetos obligados a la adopción de medidas organizativas, operacionales y de información para impedir que sean utilizados indebidamente para estos fines delictivos y, en consecuencia:

 

  • Exonerar de las posibles responsabilidades administrativas o penales en que puedan incurrir los titulares del negocio, el personal directivo o la propia persona jurídica.
  • Evitar su posible trascendencia que pueda representar una reputación negativa de la firma.

 

El asesoramiento integral puede comprender, de acuerdo con las necesidades de cada sujeto obligado:

 

  • Un informe en virtud del riesgo o grado de exposición de la firma ante los intentos de BC-FT (Blanqueo de Capitales – Financiación del terrorismo)
  • Medidas y procedimientos que, en consonancia con el riesgo autoevaluado debe adoptar el sujeto obligado
  • Auditorías internas sobre las medidas de prevención del BC-FT desarrolladas por la firma

Compliance –Cumplimiento Normativo

La modificación del Código Penal, primero con la Ley Orgánica 5/2010 y, posteriormente, con la Ley 1/2015,  supuso la introducción de la responsabilidad penal para las personas jurídicas en los casos la comisión de delitos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto. Esta reforma establece como causa de exención de la responsabilidad penal de la persona jurídica la existencia de un programa de prevención o “compliance penal” que de lugar a una reducción sustancial del riesgo de comisión de delitos por parte de la persona jurídica.

Según este principio,  una organización pueda ser inculpada en un proceso penal por los hechos cometidos por cualquiera de sus miembros, sean administradores, directivos o empleados e, incluso, por las actividades de los terceros que se relacionan con la misma, clientes, proveedores, contratista, etc. Por ello, los programas de cumplimiento normativo y de prevención de riesgos, denominados también ‘programas de compliance’, se han convertido en una obligación para las empresas que quieran mantener intactas su reputación e integridad legal.

Quienes tienen la capacidad para transferir la responsabilidad penal a la persona jurídica son los siguientes:

  1. a) Los representantes legales
  2. b) Quienes “actuando individualmente o como integrantes de un órgano de la persona jurídica, están autorizados para tomar decisiones en nombre de la persona jurídica”.
  3. c) Quienes “ostentan facultades de organización y control.”

En éste sentido hay que recordar que la no identificación del autor del delito o la imposibilidad de dirigir el procedimiento contra él no excluye la responsabilidad de la persona jurídica (Art. 31 ter.1).

 Aunque no tiene carácter obligatorio, conviene que todas las empresas, especialmente aquellas con un alto elevado número de trabajadores (y también PYMES), implanten un sistema o programa de Cumplimiento Normativo, para lo que conviene realizar inicialmente un exhaustivo análisis de riesgos.

 Igualmente debe implantarse un modelo de prevención y control, habiéndose aprobado la ISO 19600:2014 sobre “Compliance management systems”, que se basa en procesos de gestión de riesgos.

 Según lo indicado en la Circular de la Fiscalía 1/2016 en base a la publicación de la L.O. 1/2015, sería necesario acreditar:

  • Que el modelo tiene como finalidad generar una Cultura Ética
  • Que se ha constituido un órgano independiente con la facultad de supervisar el plan implantado.
  • Que existe un Protocolo de toma de decisiones
  • Que existe un Mapa de Riesgos
  • Que se disponen de los recursos financieros para impedir la comisión de delitos y el mantenimiento del programa
  • Que se ha adecuado el sistema disciplinario
  • Que existe un Canal Ético o de Denunciasinterno (ver AEPD Creación de sistemas de denuncias internas en las empresas (denominados Mecanismos de “whistleblowing” por la AEPD)
  • Que se realiza una verificación periódica del modelo.

InvesCompliance le ofrece estos servicios relacionados con las funciones de cumplimiento en materia de Responsabilidad Penal de la Personas Jurídicas (R.P.P.J):

  • Creación de un plan de investigación y detección internas, con el fin de realizar correctamente tanto la gestión de denuncias internas como la detección de actividades de riesgo.
  • Diseño de programas y planes de ‘compliance’ preventivos dirigidos a delitos corporativos e implementación de medidas de vigilancia y control
  • Establecer políticas de ‘compliance’, tanto de códigos de seguridad, como códigos de  conducta y sancionadores.
  • Identificar el ámbito en el que pueden ser cometidos los delitos con las técnicas de análisis correspondientes.
  • Implantar un órgano de vigilancia y control, organizar los departamentos correspondientes, realizar su evaluación y la formación de sus responsables.
  • Revisar y verificar el modelo de organización y gestión, analizando las estructuras organizativas, sus vulnerabilidades, su adecuación a la normativa vigente y su eficacia a la hora de prevenir y detectar las actividades delictivas.

Diplomacia Corporativa

InvesCompliance es una marca comprometida con la excelencia en los servicios prestados gracias a la ética, la verdad, la confianza y el honor. Nuestro objetivo es la generación de confianza, incrementando la reputación y la gestión de la influencia política y social. Ofrecemos la excelencia de nuestra experiencia operando bajo las mejores prácticas de negocio.

Respetamos la confidencialidad de nuestros clientes protegiendo la información sensible y privilegiada relativa a sus actividades. Procuramos su promoción del interés social negociando y creando alianzas externas clave.

Apoyamos la libertad de información de los medios de comunicación y los medios sociales, aplicando los mismos principios y ética tanto en nuestra práctica como en el mundo digital.

 La diplomacia corporativa es el desarrollo de la estrategia de la empresa en su relación con los poderes públicos y privados ante los cambios estratégicos

 Lobbying

Gestión de información

Representación y negociación

Reestructuraciones empresariales

 

Evaluación y Gestión de Riesgos

Los riesgos y problemas de seguridad pueden amenazar a las compañías o empresas en algún momento de su existencia.

La gestión de riesgos es una actividad dirigida a evaluar, medir riesgos y, en última instancia, mitigar el riesgo a un nivel aceptable. Los riesgos pueden venir de la actividad del cliente, asociados, accidentes, causas naturales, errores humanos y actos intencionados.

Las compañías pueden minimizar la responsabilidad de sus operaciones y el riesgo para el personal y la propiedad al realizar un análisis completo de su programa de seguridad. Si no se cuentan con los mecanismos de prevención adecuados esto puede derivar hacia situaciones de competencia desleal, espionaje, fraude o corrupción.

Realizamos investigaciones exhaustivas de todos los factores relevantes para evaluar las vulnerabilidades y las amenazas potenciales. Estos pueden ir desde empresas y corporaciones, personal directivo y otros. Hay numerosos factores a considerar antes de que comience cualquier análisis. El sitio real a proteger y los riesgos inherentes pueden variar dependiendo de si se trata de una instalación de infraestructura, centros de logística y transportes, grandes superficies, lugares deportivos y de ocio, hoteles, laboratorios,  oficinas, etc.

El análisis de riesgo considera los planes de seguridad actuales, los procedimientos operativos, los planes de acción de emergencia, la capacidad de respuesta física y las expectativas de los primeros auxilios.

Prevención riesgo reputacional de empresas y directivos, mediante la implantación, detección y prevención del fraude:

  • Riesgos reputacionales
  • Gestión del fraude interno o externo
  • Planes de Seguridad
  • Gestión de Crisis
  • Riesgo país
  • Análisis de la competencia
  • Mercados emergentes
  • Vigilancia electrónica
  • Trazabilidad de producto
  • Rastreo en redes sociales

 

La experiencia nos ha enseñado a concentrar y desarrollar la pericia de nuestros empleados en las distintas áreas, para que puedan formar equipo con ustedes a fin de adaptar una solución a su organización.

¡Trabajemos Juntos!

Estamos a su disposición de forma contínua para atender a sus necesidades operativas las 24 Horas.

+34 911 412 015

L a V de 09:00h a 18:00h

info@invescompliance.com

Padilla, 6, 28006 Madrid, Spain

Contenido Protegido